El 24 de febrero de 2022, la Comisión Europea ha publicado doce actos delegados que ponen fin a una amplia gama de exenciones existentes para el uso de mercurio en las lámparas. Entrarán en vigor el vigésimo día siguiente a la publicación y los Estados miembros de la UE dispondrán de seis meses para transponer las disposiciones de los actos delegados a su legislación nacional.
De conformidad con la (UE) 2022/274, en el anexo III de la Directiva 2011/65/UE, las entradas 3, 3, letra a), 3, letra b), y 3, letra c), se sustituyen por el texto siguiente:
De conformidad con la (UE) 2022/275, en el anexo III de la Directiva 2011/65/UE, las entradas 4, letra c), 4, letra c), I, 4, letra c) II, y 4, letra c) -III, se sustituyen por el texto siguiente:
De conformidad con la (UE) 2022/276, en el anexo III de la Directiva 2011/65/UE, las entradas 1, 1, letra a), 1, letra b), 1, letra c), 1, letra d), y 1, letra e), se sustituyen por el texto siguiente:
De conformidad con la (UE) 2022/277, en el anexo III de la Directiva 2011/65/UE, la entrada 1, letra g), se sustituye por el texto siguiente:
De conformidad con la (UE) 2022/278, en el anexo III de la Directiva 2011/65/UE, la entrada 4, letra e), se sustituye por el texto siguiente:
De conformidad con la (UE) 2022/279, en el anexo III de la Directiva 2011/65/UE, la entrada 4, letra f), se sustituye por el texto siguiente:
De conformidad con la (UE) 2022/280, en el anexo III de la Directiva 2011/65/UE, la entrada 4, letra a), se sustituye por el texto siguiente:
De conformidad con la (UE) 2022/281, en el anexo III de la Directiva 2011/65/UE, la entrada 1, letra f), se sustituye por el texto siguiente:
De conformidad con la (UE) 2022/282, en el anexo III de la Directiva 2011/65/UE, la entrada 2, letra b), punto 3, se sustituye por el texto siguiente:
De conformidad con la (UE) 2022/283, en el anexo III de la Directiva 2011/65/UE, las entradas 4, letra b), 4, letra b), inciso i), 4 b) a II y 4, letra b), a III, se sustituyen por el texto siguiente:
De conformidad con (UE) 2022/284, en el anexo III de la Directiva 2011/65/UE, las entradas 2, letra a), 2, letra a), punto 1, 2, letra a), punto 2, 2, letra a), punto 3, 2, letra a), punto 4, y 2, letra a), punto 5, se sustituyen por el texto siguiente:
De conformidad con la (UE) 2022/287, en el anexo III de la Directiva 2011/65/UE, la entrada 2, letra b), punto 4, se sustituye por el texto siguiente:
Servicio BACL:
Bay Area Compliance Labs Corp. (BACL para abreviar), con sede en Silicon Valley, es un organismo de prueba y certificación profesional e internacional de terceros. Actualmente contamos con laboratorios de pruebas físicas y químicas en los Estados Unidos, Shenzhen, Dongguan, Xiamen y otros lugares, y hemos acreditado las certificaciones por UKAS (Lab No.: 7827), CNAS (Registration No.: L2408, L6290, L9963, IB0343), CPSC (Lab ID: 1112, 1415, 1647), CMA (No.: 2016192126Z, 2015192413Z) y otras autoridades. Ofrecemos una gama completa de servicios de prueba que cubren calzado, juguetes, textiles, ropa, cuero, joyas, comestibles, materiales en contacto con alimentos, cosméticos y productos eléctricos y electrónicos, etc. Podemos ayudar a las empresas a completar el control preciso de toda la cadena de la industria, desde las materias primas hasta los productos terminados.