El 10 de julio de 2026, el Consejo Nacional del Medio Ambiente de Brasil (CONAMA) aprobó la Resolución n.º 516/2026, que restringe el uso de ciertas sustancias peligrosas en equipos eléctricos y electrónicos (EEE) comercializados en el mercado brasileño. Sus requisitos principales son similares a los de la directiva RoHS de la UE, pero también incluyen obligaciones adicionales de cumplimiento local, como el registro del producto, la documentación técnica en portugués y los requisitos de etiquetado.
1. Ámbito de aplicación
1) La resolución se aplica a los equipos eléctricos y electrónicos vendidos dentro del territorio brasileño.
2) Se define como equipo eléctrico y electrónico aquel que depende de corrientes eléctricas o campos electromagnéticos para realizar al menos una función prevista, así como el equipo para la generación, transmisión, transferencia y medición de dichas corrientes y campos, con una tensión nominal que no exceda los 1000 V CA o 1500 V CC, incluyendo piezas y componentes. Algunos ejemplos son los electrodomésticos, los equipos de TI y telecomunicaciones, los equipos de iluminación, los equipos de consumo, los módulos fotovoltaicos, las herramientas eléctricas, los juguetes y los equipos deportivos/de ocio, los dispositivos electromédicos, los instrumentos de diagnóstico in vitro, los dispositivos veterinarios electrónicos, los instrumentos de monitorización y control, y los dispensadores automáticos.
3) La resolución no se aplica a: equipos de defensa nacional, equipos espaciales, instalaciones industriales fijas de gran escala, instalaciones fijas de gran escala, medios de transporte de personas y mercancías, maquinaria móvil todoterreno destinada a uso profesional, dispositivos médicos implantables, pilas y baterías primarias, y aparatos eléctricos y electrónicos diseñados específicamente para fines de investigación y desarrollo y puestos a disposición exclusivamente entre empresas o instituciones.
2. Sustancias restringidas y requisitos
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3. Requisitos adicionales
1) Registro Nacional : La resolución exige al Ministerio de Medio Ambiente y Cambio Climático (MMA) que establezca y gestione un "Registro Nacional para la Restricción de Sustancias Peligrosas en Equipos Eléctricos y Electrónicos". Los fabricantes e importadores deben registrar sus productos en dicho registro y proporcionar una autodeclaración que confirme el cumplimiento de los requisitos o la elegibilidad para las exenciones.
2) Documentación técnica : Las empresas deben mantener documentación técnica completa (en portugués) para fundamentar su autodeclaración y ponerla a disposición cuando se les solicite oficialmente.
3) Etiquetado del producto : Los productos o su embalaje deben llevar una identificación clara, que incluya el modelo, el número de lote, la información del fabricante/importador (en portugués) y el símbolo del "contenedor con ruedas tachado".
URL:
https://conama.mma.gov.br/?option=com_sisconama&task=arquivo.download&id=861
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