El 4 de agosto de 2020, el Diario Oficial de la Unión Europea publicó el Reglamento (UE) 2020/1149 que modifica el Anexo XVII del Reglamento REACH (CE) n.o 1907/2006 para introducir la Entrada 74 en la lista de sustancias restringidas del Anexo XVII y restringe el uso de diisocianatos. . El presente Reglamento entrará en vigor 20 días después de su publicación en el Diario Oficial de la UE.
Los diisocianatos tienen una clasificación armonizada como sensibilizante respiratorio de categoría 1 y como sensibilizante cutáneo de categoría 1 de acuerdo con el Reglamento (CE) nº 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo. Los diisocianatos se utilizan como componentes químicos en una amplia gama de sectores y aplicaciones, en particular en espumas, selladores y revestimientos, entre otros, en toda la Unión.
Según (UE) 2020/1149, en el anexo XVII del Reglamento (CE) no 1907/2006, se añade la siguiente entrada:
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